Registra y reporta números telefónicos para evitar publicidad a la “REPEP”

El 4 de febrero de 2004 se reformó la Ley Federal de Protección al Consumidor y se implementó el Registro Público de Consumidores (RPC), como un mecanismo de protección a los consumidores para no ser molestados con publicidad no deseada por proveedores, mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto o que su información sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios.


El 8 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se Establecen las Reglas de Operación y Funcionamiento del Registro Público de Consumidores.


El 27 de enero de 2012, se publicó el Acuerdo por el que se Reforman Diversas Disposiciones del Acuerdo por el que se Establecen las Reglas de Operación y Funcionamiento del Registro Público de Consumidores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2007, entre las cuales se encuentran las siguientes:

Que al Registro Público de Consumidores (RPC), también se le podrá denominar Registro Público Para Evitar Publicidad (REPEP), para fines publicitarios y de difusión institucional.

La vigencia de la inscripción de los números telefónicos, es indefinida

Te invitamos a que te inscribas en el Registro Público para Evitar Publicidad desde el siguiente enlace:

https://repep.profeco.gob.mx/ o llamando desde la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey al 55 96 28 00 00 y desde el resto de la República Mexicana al 800 962 8000.

Nota importante:

No es competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor las llamadas telefónicas que realicen proveedores de servicios financieros, bancos, seguros, afores, las personas con funciones de cobranza, las organizaciones políticas, las entidades de beneficencia y los encuestadores telefónicos.

¿Cómo denunciar?

Objeto de la denuncia


Defender el derecho a la privacidad del consumidor al hacer del conocimiento a la Procuraduría Federal del Consumidor de la llamada con fines mercadotécnicos o publicitarios que realizó el proveedor o empresa a un número telefónico inscrito en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) a efecto de que, en su caso, sea sancionado por violación a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Procedimiento para presentar la denuncia


  • Marca al Teléfono del Consumidor (Telcon) 5568 8722, para la Ciudad de México y área metropolitana, o al 800 4688722, del interior de la República, de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00 horas.
  • Envía tu información a la cuenta: repep@profeco.gob.mx
    • Nombre del proveedor y el número telefónico del cual recibió la llamada.
    • Relación de los hechos indicando la fecha en que le ofrecieron los bienes, productos o servicios.
    • En su caso, nombre y domicilio del consumidor.
    • El número telefónico no esté inscrito en el REPEP o haya sido cancelado por el consumidor.
    • El consumidor haya otorgado su consentimiento expreso para recibir publicidad por parte del proveedor denunciado.
    • La llamada o mensaje de texto se haya realizado a un número telefónico inscrito en el REPEP, pero cuya inscripción aún no surte efectos, al no haber transcurrido los 30 días naturales siguientes a la misma.
    • La llamada o mensaje de texto se hizo por un proveedor o empresa con fines distintos a los mercadotécnicos o publicitarios.
    • El número telefónico no esté inscrito en el REPEP, o haya sido cancelada por el consumidor.
    • Cuando una llamada telefónica sea realizada con motivo de cobranza, por instituciones financieras (bancos, aseguradoras, afianzadoras, afores), partidos políticos, organizaciones de beneficencia y cualquier otra que de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, no sea proveedor o empresa.

La infracción de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, será una sanción con multa de $561.97 a $1’798,305.81 (2020).

Este monto será actualizado cada año, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

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